El TSJ de Cantabria denuncia la expulsión de menores sin garantías
Los inmigrantes menores de edad viven atrapados dentro de una paradoja. Son menores y, por tanto, precisan de la tutela de la Administración, pero es la propia Administración la que se encarga de expulsarlos sin que, por su condición de menores, tengan todas las garantías que protegen a un adulto.
Esta situación de indefensión ha sido denunciada por el Defensor del Pueblo y por el Consejo General de la Abogacía Española.
Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria a la que ha tenido acceso Público, reconoce por primera vez en España que existen derechos fundamentales que se vulneran en el intento de repatriación de un menor.
La sentencia falla en contra de la Delegación del Gobierno de Cantabria, en su intento de devolver a Marruecos al menor Y.Z., argumentando que se ha vulnerado su derecho a la integridad moral, consagrado en el Artículo 15 de la Constitución Española.
Integridad moral del menor
De forma novedosa, la Sala vincula además el caso con Marruecos, principal lugar de origen de los menores expuestos a la repatriación.
La Sala entiende que se ha producido una "infracción palmaria" de la Ley Orgánica sobre derechos y libertades de los extranjeros en España La resolución señala que "resulta obvio que acordar la repatriación de un menor que llegó a España poniendo en peligro su vida (escondido en la parte inferior de un camión), sin cerciorarse de que será acogido, familiar u oficialmente, supone un riesgo potencial relevante para la referida integridad moral del menor".
La sentencia sustenta la negativa a que un menor sea devuelto a su país en la vulneración de sus derechos fundamentales. Es la primera vez que un Tribunal Superior de Justicia resuelve de esta manera.
La Sala entiende que se ha producido una "infracción palmaria" de la Ley Orgánica sobre derechos y libertades de los extranjeros en España, ya que "el interés superior del menor exige que, antes de resolver sobre la repatriación, la Administración disponga de los datos familiares y oficiales del país de origen para determinar si se dan las condiciones necesarias para la efectiva reagrupación familiar de un menor o la adecuada tutela por los servicios de protección de menores en el país de origen", algo que, en el caso que afecta al menor Y.Z. "no se ha hecho". Cantabria es la única comunidad que ha firmado un convenio con el Consejo General de la Abogacía para garantizar la asistencia jurídica de los inmigrantes menores de edad en los procedimientos de repatriación.
Esta situación de indefensión ha sido denunciada por el Defensor del Pueblo y por el Consejo General de la Abogacía Española.
Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria a la que ha tenido acceso Público, reconoce por primera vez en España que existen derechos fundamentales que se vulneran en el intento de repatriación de un menor.
La sentencia falla en contra de la Delegación del Gobierno de Cantabria, en su intento de devolver a Marruecos al menor Y.Z., argumentando que se ha vulnerado su derecho a la integridad moral, consagrado en el Artículo 15 de la Constitución Española.
Integridad moral del menor
De forma novedosa, la Sala vincula además el caso con Marruecos, principal lugar de origen de los menores expuestos a la repatriación.
La Sala entiende que se ha producido una "infracción palmaria" de la Ley Orgánica sobre derechos y libertades de los extranjeros en España La resolución señala que "resulta obvio que acordar la repatriación de un menor que llegó a España poniendo en peligro su vida (escondido en la parte inferior de un camión), sin cerciorarse de que será acogido, familiar u oficialmente, supone un riesgo potencial relevante para la referida integridad moral del menor".
La sentencia sustenta la negativa a que un menor sea devuelto a su país en la vulneración de sus derechos fundamentales. Es la primera vez que un Tribunal Superior de Justicia resuelve de esta manera.
La Sala entiende que se ha producido una "infracción palmaria" de la Ley Orgánica sobre derechos y libertades de los extranjeros en España, ya que "el interés superior del menor exige que, antes de resolver sobre la repatriación, la Administración disponga de los datos familiares y oficiales del país de origen para determinar si se dan las condiciones necesarias para la efectiva reagrupación familiar de un menor o la adecuada tutela por los servicios de protección de menores en el país de origen", algo que, en el caso que afecta al menor Y.Z. "no se ha hecho". Cantabria es la única comunidad que ha firmado un convenio con el Consejo General de la Abogacía para garantizar la asistencia jurídica de los inmigrantes menores de edad en los procedimientos de repatriación.
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