29/1/08

El bofetón ya no sirve para corregir

CANTABRIA
Los expertos creen que el cambio en el Código Civil podría usarse en casos de separación para obtener la tutela de los hijos o menores
Hasta ahora, dos artículos del Código Civil respaldaban a los padres que recurrían al manotazo para «corregir razonable y moderadamente a los niños». Pero desde hace unas semanas, el cachete, el azote, la bofetada, el zarandeo y la colleja carecen de cobertura legal: las familias deberán 'encauzar' a su progenie teniendo siempre en cuenta «la integridad física y psicológica del menor». En todos los casos, ya que ni tener la patria potestad ni la tutela justificarán que se les inflija ningún tipo de mal trato.
Los juzgados de Cantabria no ven al año un gran número de reclamaciones a las que se pueda aplicar esta normativa porque, como explica la fiscal de Menores, María Fe Andrés, los menores desconocen -en general, siempre hay excepciones- los mecanismos que tendrían a su alcance para denunciar este tipo de actuaciones por parte de cualquier familiar. «No son reclamaciones muy habituales. Del año pasado, sólo recuerdo dos casos. Y condena por esto, ninguna».
Desde las fuerzas de seguridad de Cantabria no se tiene la visión de que «todos» los menores estén desinformados sobre sus derechos. Los adolescentes, y sobre todo los problemáticos, están bastante puestos en cuestiones que les conciernen. En la región se ha tenido recientemente el caso de un chaval de 15 ó 16 años que denunció a su padre por malos tratos sin ser cierto. Sus padres se habían separado y el adolescente, que se quedó viviendo con su madre, aprovechó que ésta entró en un proceso depresivo para hacerse el 'dueño' en casa y para hacer todo lo que quería, sin que nadie le dijera nada. Cuando la pareja se reconcilió y el progenitor volvió al hogar familiar, el chico no aceptó tener que someterse a normas. «Soy menor y no me puedes tocar», decía. Luego llegó la denuncia.
Agresión o acto correctivo
Andrés señala, por otro lado, que el cambio normativo llama a la reflexión sobre lo que es una agresión «que se denuncia por la vía penal» y lo que es simple acto correctivo. Ejemplo de agresión sería la sentencia que se dio a conocer esta semana contra una mujer a la que se retiró la custodia de sus hijastros e hija. A los primeros les agarraba del pelo y les lanzaba contra los muebles, además de azotarles con la hebilla de un cinturón de cuero. A su hija, menor de dos años, la azotaba y golpeaba.
Pero no son estos casos -que se dilucidan por la vía penal- el objetivo de la citada modificación legislativa, sino esos golpes que se dan a veces a los niños para acabar con una pelea entre hermanos o cuando el padre o la madre ven colmada su paciencia en un momento puntual y se les va la mano. Los artículos 154 y 268 del Código Civil avalaban el derecho de padres y tutores a corregir a hijos y menores bajo su tutela. Tras el cambio, las familias podrán reprender sin recurrir a la bofetada, que ya no tiene paraguas legal tras enmendarse la normativa utilizándose para ello la Ley de Adopción Internacional.
Dónde está el límite
«El problema es establecer dónde está el límite entre 'corrección' y maltrato. Es evidente que la raya se traspasa siempre que haya una humillación al menor, que nunca se debe permitir», señala la fiscal. A sus ojos, la reforma está bien planteada porque el artículo amparaba la posibilidad de pegar para educar. «Tengamos en cuenta -añade- que, hasta hace bien pocos años, era frecuente que se usara este recurso en los colegios. Esto se ha eliminado de los centros educativos y está bien que se suprima también del Código Civil».Esta profesional considera que la nueva redacción del Código se utilizará como arma en los casos de separación complicados. «Ya hemos sabido de alguno en el cual el niño arguye que no quiere ir con el padre, o la madre, «porque le pega». Ante semejantes declaraciones, el sistema judicial «ha de ser muy cauto. Lo importante es individualizar, no valen las generalizaciones».
Desde el Derecho Civil
También el profesor de Derecho Civil de la Universidad de Cantabria Eduardo Vázquez, estima que la reforma legislativa era necesaria. Pese a ello, opina que su trascendencia jurídica es «escasa, mínima», debido a que sigue dejando en manos de la autoridad judicial la decisión de qué es una acción puramente correctiva y qué es una agresión. «A efectos prácticos la reforma de la ley es insignificante porque será el juez el que tome las decisiones, como hasta ahora».El experto coincide con en que el matiz introducido «se utilizará cuando haya conflicto entre los padres y uno de ellos emplea esta clase de castigo con los niños. El otro argumentará que va contra la ley y podrá denunciar la situación». O sea, que, a sus ojos, el cambio legislativo sólo tendrá trascendencia real cuando se dé en «crisis de parejas. Entonces la restricción puede servir a uno de los progenitores para reclamar la patria potestad si el otro ha tenido algún desmán».
El profesor destaca, por otro lado, que la nueva redacción de la legislación tiene una marcada vertiente de «concienciación social». «De hecho, han utilizado una ley que regula otra cosa, la de Adopción Internacional, para introducir el cambio, que no es más que una llamada de atención. El legislador lo que está haciendo de esta manera es recordar a los padres la obligación que tienen de tratar bien a sus hijos».
Y a Eduardo Vázquez no me parece mal, en este sentido, que se repita que hay que respetar a los menores, «aunque este derecho ya está implícito en la Constitución».A pesar de la ley, el debate seguirá. Cualquiera conoce familias donde todavía rige la idea de los beneficios del 'azote a tiempo', sobre todo cuando se trata de los más pequeños de la casa. Los expertos insisten en que la torta -a tiempo o a destiempo-, es el recurso de los padres que no saben educar.

1 comentario:

Sumarni Angkasa dijo...

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