I Convenio Colectivo de Marco Estatal de Acción e Intervención Social
El Convenio Colectivo se aplicará desde el 1 de enero de 2007 hasta el 31 de diciembre de 2008 y ha sido suscrito por las principales organizaciones sindicales.
El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales ha aprobado este Convenio, que aparece publicado en el BOE número 146 con fecha del 19 de junio de 2007 e informan que fue suscrito por la Asociación de Empresas de Servicios de Atención a la Persona (AESAP) y por las organizaciones sindicales FSP-UGT y FSAP-CC.OO.
El ámbito de este Convenio Colectivo será de aplicación en todo el territorio español y afecta a las entidades de acción e intervención social, aunque informan que también se verán afectados por este convenio los ámbitos socio-laboral, socio-sanitario, socio-cultural, socio-educativo, psicosocial, intervención socio-comunitaria y sociocultural y las áreas de diseño y evaluación de programas sociales.
En la Resolución del Convenio, aparecen reflejadas el catálogo de actividades de todas estas áreas, que debemos consultar y verificar si se aplica o no en nuestro trabajo.
Este Convenio Colectivo tendrá vigencia desde el 1 de enero de 2007 hasta el 31 de diciembre de 2008 y su aplicación será desde el 1 de enero del presente año, independientemente de su publicación en el BOE.Es importante saber que según informa este Convenio colectivo, ‘compensa y absorbe cualesquiera mejoras que se vinieran disfrutando los trabajadores bien a través de otros Convenios o normas de obligado cumplimiento, bien por decisiones unilaterales de las empresas.
Si las condiciones económicas o, de cualquiera otra índole, que se vinieran disfrutando por los trabajadores en el momento de la entrada en vigor del presente Convenio Colectivo fueran superiores, en cómputo anual a las establecidas en el mismo, se continuarán aplicando y respetando las citadas condiciones más favorables en lo que exceda a las convencionales’.
Este párrafo viene a decir, que si vuestras condiciones actuales son mejores o más favorables para vosotros que las citadas en este convenio, se seguirán aplicando las que hasta este momento tenéis.
También vienen descritos los procedimientos de contratación, promoción de vacantes, promoción, modalidades de contratación, grupos profesionales, categorías laborales y funcionales, así como la retribución correspondiente.Una de las buenas noticias de las que informa este Convenio, es que la jornada laboral deberá ser la siguiente:
Durante 2007
Grupos profesionales II, III y IV: la jornada será de 1700 horas anuales (37,9 horas de promedio semanal)
Grupo profesional I y servicios centrales: la jornada será de 1770 horas anuales (39,5 horas de promedio semanal)
Durante 2008
Grupos profesionales II, III y IV: jornada de 1680 horas anuales (37,5 horas de promedio semanal)
Grupo profesional I y servicios centrales: la jornada será de 1750 horas anuales (39 horas de promedio semanal)
Grupos profesionales II, III y IV: jornada de 1680 horas anuales (37,5 horas de promedio semanal)
Grupo profesional I y servicios centrales: la jornada será de 1750 horas anuales (39 horas de promedio semanal)
Estas son algunas pinceladas del recién estrenado Convenio Colectivo de Acción e Intervención Social, y evidentemente tendréis que estudiarlo a fondo.
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